Encierro indefinido en la Delegación de Fomento y Vivienda para exigir la declaración del Estado de Emergencia Habitacional

Encierro indefinido en la Delegación de Fomento y Vivienda para exigir la declaración del Estado de Emergencia Habitacional

15mviviendasevilla
ACCEDE AQUÍ AL DOCUMENTO COMPLETO DE PETICIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DE EMERGENCIA HABITACIONAL

Miembros del 15M Vivienda Sevilla han iniciado hoy jueves, en torno a las 11 de la mañana, un encierro indefinido en la Delegación Provincial de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, ubicada en la Plaza de San Andrés en Sevilla, mientras en el exterior permanece una concentración de apoyo....

A través de esta iniciativa, se exige que la consejera, Elena Cortés, se persone en la Delegación para recoger la petición de la Declaración del Estado de Emergencia Habitacional en Andalucía y se comprometa a iniciar los cauces para su aprobación, trasladándola al consejero de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, Emilio de Llera Suárez-Bárcena, cuya competencia es elevar al Consejo de Gobierno dicha demanda.

La crisis económica y financiera que asola Andalucía ha amenazado y deteriorado hasta tal punto las condiciones del ejercicio del derecho a la vivienda, que permite hablar con toda propiedad de la existencia de una catástrofe habitacional sin precedentes en nuestra tierra, por lo que al igual que se haría con otras calamidades públicas, es precisa la declaración del Estado de Emergencia Habitacional en Andalucía.

En un documento que acompaña a la petición del Declaración del Estado de Emergencia Habitacional, se recogen diversos datos que muestran cómo está castigando la actual crisis a Andalucía, una Comunidad Autónoma con 2.653.693 personas en riesgo de pobreza, el 31,7% de la población total, y una tasa de paro que ha alcanzado el 36% en el último trimestre de 2012, llegando hasta el 65% en la población juvenil. En 2011, Andalucía fue la Comunidad Autónoma con el mayor número de ejecuciones hipotecarias, 16.313, y la segunda en cuanto al número de lanzamientos, tras la Comunidad Valenciana, un total de 9.864. En contraste con estos datos en Andalucía se han estimado más de 500.000 viviendas vacías, siendo la provincia de Sevilla la quinta en el ranking nacional con 125.000 viviendas vacías.

Como consecuencia, existe una creciente población desahuciada o en riesgo de desahucio por dejar de pagar su alquiler o su hipoteca. Decenas de miles de personas en Andalucía se ven forzadas a vivir en la calle, en chabolas, en estructuras temporales, en locales y garajes, en coches y furgonetas y en espacios con obsolescencia constructiva y funcional, expuestos a situaciones de peligro e insalubridad. Asimismo, la factura psicológica de los desahucios supone para las personas un intenso estrés, baja autoestima, ansiedad, angustia y depresión, la rotura de sus redes de identidad, produciéndose una reconstrucción traumática de su vida. Consecuencias que se agravan con los colectivos más vulnerables, como por ejemplo, los menores, para los que un desahucio es un hecho traumático que le deja secuelas psicológicas y pone en serio riesgo su bienestar general y su adecuado desarrollo.

Una estimación conservadora del número total de personas en Andalucía que están amenazadas con perder su vivienda, las que la han perdido en los últimos años y las personas que no tienen acceso a una, sería del orden de decenas de miles de potenciales desplazados. Si a esto sumamos las personas con problemas de habitabilidad la cifra se dispara a los cientos de miles. En casos de desastres naturales han sido necesarios un número mucho menor de afectados para que se declare el estado de emergencia.

La Junta de Andalucía tiene la obligación de atajar esta catástrofe y los instrumentos legales y materiales para declarar el Estado de Emergencia Habitacional. Así lo contempla la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias en Andalucía, que configura la gestión de emergencias como un deber de la Administración y la define como “situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofes y calamidades públicas, así como aquellas otras situaciones no catastróficas que requieran actuaciones de carácter multisectorial y la adopción de especiales medidas de coordinación de los servicios operativos”. Tal calificación exige la inmediata implementación de los mecanismos recogidos tanto en la Ley como en el vigente Plan Territorial de Emergencias de Andalucía.

La declaración del estado de emergencia habitacional en Andalucía supondría, en primer lugar, “alentar a la población al ejercicio de su derecho/deber de autoprotección”, tal y como establece el artículo 5.2 de dicha Ley (“los ciudadanos que puedan verse afectados por situaciones de emergencia, deben adoptar las medidas de autoprotección que les resulten aplicables”). Este caso, entre otros, corresponde al de cientos de personas han tomado la sensata decisión de oponerse a los desalojos de sus viviendas o la de ocupar viviendas vacías, mientras los poderes públicos reprime de diversas formas esta práctica.

Entre las medidas de “carácter excepcional” que recoge la Ley se contemplan, asimismo, “Acordar la permanencia en domicilios” y “Ordenar la ocupación temporal, intervención o requisa de aquellos bienes y servicios que se considere estrictamente necesario, en la forma y supuestos previstos en las Leyes”. La adopción de este tipo de medidas permitiría la suspensión de la ejecución de las órdenes judiciales de lanzamientos de viviendas de residencia habitual, poner a disposición de las personas necesitadas cientos de viviendas ociosas y facilitar los suministros de agua y energía eléctrica o gas a aquellas personas que por diversas razones se encuentran privadas de los mismos.

Con la declaración del Estado de Emergencia Habitacional se exigen otras medidas contempladas en la Ley, como “la inmediata puesta en uso de la vivienda pública y de VPO vacante o el inmediato cese de desalojos de viviendas públicas". 
 
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