por Kaos. Derechos humanos
Un estudio elaborado por el Instituto de Derechos Humanos de
Catalunya afirma que la tortura en el Estado español está «lejos de ser
una práctica erradicada» y señala que el mayor problema es la
«reticencia» de Madrid a seguir las recomendaciones y modificar su
llamada «legislación antiterrorista».
En un informe titulado ‘La jurisprudencia del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos relativa a España por torturas’, el IDHC ha buscado
arrojar luz sobre cuál es la situación de la tortura en el Estado
español y cuáles son las debilidades y problemas estructurales del
sistema español de protección de derechos.
La primera conclusión del trabajo, basado en el análisis de la
jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo relativa al Estado español,
determina que la situación de la tortura «no es una práctica
generalizada», pero acto seguido constata que está «lejos de ser una
práctica erradicada, tal y como indican los informes del Comité de
Prevención de la Tortura (CPT)». Cabe recordar que en el dossier
referente al Estado español, publicado el pasado mes de abril, el CPT instaba a la adopción de medidas para erradicar los malos tratos.
El IDHC señala que el «mayor problema» respecto a las violaciones por
parte del Estado del artículo 3 de la Convención Europea de Derechos
Humanos, que prohíbe la tortura, se debe a sus «reticencias» a la hora
de seguir las recomendaciones y modificar la llamada «legislación
antiterrorista».
En particular, se refiere al régimen de incomunicación, el cual «por
su opacidad», crea las condiciones «adecuadas para que se dé la
violación del artículo 3». Ello, añade, «junto a la falta de tutela
efectiva por parte de los tribunales», lleva a la «permisibilidad
oficial de prácticas repulsivas».
El informe indica que «resulta paradójico» que mientras los informes
de los organismos internacionales, ya desde los 90, alertaban de lo
«inconcebible» de un régimen de incomunicación de hasta cinco días, las
reformas adoptadas por el Estado han ido en una «dirección totalmente
opuesta».
Añade que, en lugar de encarar las denuncias de torturas de una forma
«constructiva» y encaminada a su erradicación, la primera reacción del
Estado sea determinar que obedecen «a una práctica habitual de los
detenidos por delitos de terrorismo».
Tras alertar de que también se dan quejas similares en las cárceles o
en el tratamiento a extranjeros, señala que las citadas situaciones
podrían solventarse con medidas como la instalación de cámaras en
dependencias policiales, que la información obtenida bajo malos tratos
no pueda ser usada o garantizan el acceso de los detenidos a un abogado
de su confianza.
Recomienda asimismo que los tribunales deberían investigar las
denuncias de forma «efectiva y profunda» para evitar «dar cobertura a
quienes torturen y mucho menos impedir que sus actos sean juzgados».
Finalmente, el informe apunta que, pese a que no se ha dictado un
gran número de sentencias contra el Estado por parte del TEDH, resulta
«alarmante que durante 2012 dos de los asuntos fueran por violaciones
del artículo 3». Precisamente, en octubre de ese año, Estrasburgo condenó al
Estado español por no haber investigado suficientemente las denuncias
de torturas de Martxelo Otamendi, exdirector de ‘Egunkaria’ y actual
director de ‘Berria’.
«Más preocupante aún es la tendencia desde 2009 de que haya una
sentencia anual que condene a España por falta de investigación de la
tortura», concluye el IDHC.
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