Francia: "...un Estado de Derecho que, en la práctica, ya no existe..".instauración de un Estado policial (1ª y 2ª parte) Estado de excepción con estado de urgencia por Jean-Claude Paye ...y

Las leyes de excepción de los gobiernos del capitalismo francés. Europeo..., no son contra el terrorismo, que en la mayor parte de los casos ellos mismos impulsan en Siria, en Libia, en Irak, en Yemen..., y que a veces sufre de manera dolorosa su propia población, son contra el pueblo trabajador, contra el movimiento obrero y popular..., es la guerra de clases, y como siempre a lo largo de la historia reciente, imponen el estado policiaco y colocan la alfombra al avance del fascismo.
 
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"... En cuanto a la limitación de las libertades privadas, esta es resultado de una inflación en materia de leyes «antiterroristas» que implantan una vigilancia generalizada sobre la población. Francia no esperó a la promulgación del estado de urgencia para arremeter contra las libertades privadas de sus ciudadanos. Estas medidas, tomadas desde hace una decena de años, han sido adoptadas cada vez sin límite de tiempo. Es, por consiguiente, sorprendente ver al primer ministro Manuel Valls tratar de justificar el estado de urgencia hablando de un Estado de Derecho que, en la práctica, ya no existe.

La declaración del primer ministro Manuel Valls a la radio pública France Inter –«el estado de urgencia es el Estado de Derecho»– constrasta con la del policía que, durante una dura intervención, dice a la persona traumatizada por la acción policial: «De todas maneras, estamos en estado de urgencia. Hacemos lo que queremos.» [4]..."


Cuando el gobierno de Francia autoriza ciertas manifestaciones y otras no, ya se demuestra que el estado de urgencia no responde a una necesidad sino a la voluntad de imponer un régimen autoritario. El análisis de los textos y la manera en que están siendo aplicados no dejan lugar a dudas.
| Bruselas (Bélgica)

El 10 de mayo de 2016, el Senado [francés] adoptó, por amplia mayoría, el proyecto de ley que alarga el estado de urgencia por 2 meses. Después de los atentados perpetrados en París, el estado de urgencia ya había sido prolongado por 3 meses con la ley del 20 de noviembre de 2015 [1]. Posteriormente se agregó un nuevo periodo de 3 meses, que expira el 26 de mayo. El gobierno [francés] parece hallar así muchas dificultades para salir del estado de urgencia, a pesar del voto por el Senado, el 5 de abril de 2016, de la ley de reforma penal que «refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado». Esta legislación representa una vertiente penal para el uso de los dispositivos legales de espionaje contra la ciudadanía francesa, dispositivos enumerados en las diferentes reformas que ponen fin a la vida privada de los franceses, como la última ley sobre la inteligencia [2]. Esa ley convierte en algo normal una serie de medidas liberticidas autorizadas por el estado de urgencia, como el espionaje contra la ciudadanía y la limitación de la libertad de movimiento de las personas implicadas en los «regresos de Siria».

¿Estado de urgencia o Estado de derecho?

Al prolongar el estado de urgencia, este proyecto de ley mantiene las medidas existentes que restringen las libertades públicas y el derecho de Habeas Corpus de los ciudadanos. Incluye «medidas de restricción de la circulación de las personas y vehículos», así como «la prohibición de estancia en ciertos lugares». También permitirá «mantener a bajo arresto domiciliario a las personas que actualmente se encuentran [en esa situación]» [3].

Pero ya no contiene las disposiciones sobre los registros administrativos, medidas que tienen que ver con la vida privada de los franceses. Esta actualización del estado de urgencia nos indica que su objetivo específico es, efectivamente, restringir las libertades públicas y el derecho de cada cual a disponer de su propio cuerpo.  

En cuanto a la limitación de las libertades privadas, esta es resultado de una inflación en materia de leyes «antiterroristas» que implantan una vigilancia generalizada sobre la población. Francia no esperó a la promulgación del estado de urgencia para arremeter contra las libertades privadas de sus ciudadanos. Estas medidas, tomadas desde hace una decena de años, han sido adoptadas cada vez sin límite de tiempo. Es, por consiguiente, sorprendente ver al primer ministro Manuel Valls tratar de justificar el estado de urgencia hablando de un Estado de Derecho que, en la práctica, ya no existe.

La declaración del primer ministro Manuel Valls a la radio pública France Inter –«el estado de urgencia es el Estado de Derecho»– constrasta con la del policía que, durante una dura intervención, dice a la persona traumatizada por la acción policial: «De todas maneras, estamos en estado de urgencia. Hacemos lo que queremos.» [4]

Lo que estima la jerarquía podría llevarnos a la conclusión de que el primer ministro tiene razón y el policía no. Pero la cantidad de puertas derribadas, de registros, de arrestos y medidas de detención domiciliaria, adoptadas sin que las personas afectadas presenten ningún tipo de peligrosidad, nos indica que la declaración del policía no es injustificada.

Estado de urgencia y preservación del orden

Observemos, primeramente, que resulta paradójico invocar el Estado de Derecho para justificar la prórroga por 3 meses de un estado de urgencia cuyo único objetivo es saltarse el principio de separación de poderes, liquidar el poder judicial y concentrar todas las prerrogativas en manos del poder ejecutivo y de su policía.

El texto de la ley del 20 de diciembre, que prolonga el estado de urgencia, contradice lo que preconiza la Corte Europea de Derechos Humanos. Esta última estipula toda injerencia en el derecho que vela por el respeto de las libertades sólo puede basarse en una «ley particularmente precisa», o sea en base a reglas claras y detalladas. La ley sobre el estado de urgencia es todo lo contrario. Sus artículos son particularmente nebulosos y dejan a la interpretación un margen casi ilimitado.

Desde el inicio del estado de urgencia, la mayoría de los registros administrativos se han realizado, no por cuestiones vinculadas al terrorismo sino por casos vinculados a la preservación del orden, por ejemplo, contra militantes ecologistas; o de derecho común, sin ningún vínculo con la lucha contra «el terrorismo de guerra», confirmando así que la «guerra contra el terrorismo» es ante todo un conflicto entre el gobierno y su propia población.

Varios militantes ecologistas ya habían sido puestos bajo arresto domiciliario para impedir que participaran en la manifestación prohibida del 29 de noviembre de 2015. También en el marco del estado de urgencia prosiguen las prohibiciones de ejercer ese derecho constitucional. Después de haber impedido que activistas «antifascistas y anticapitalistas» participaran en la manifestación unitaria del 17 de mayo de 2016 contra la ley del trabajo, la prefectura de policía de París también decidió prohibirle a un periodista, correctamente identificado como tal, cubrir esa movilización [5]. La prohibición de hacer manifestaciones es coherente con el procedimiento utilizado para imponer el proyecto de ley de reforma del código de trabajo, el artículo 49-3 de la Constitución [de la República Francesa] que permite comprometer la responsabilidad del gobierno para no someter [una ley] al voto de los parlamentarios.

Recordemos también que el primer mes del estado de urgencia arrojó un balance de 2 700 registros administrativos, 360 arrestos domiciliarios y 287 personas en prisión preventiva [6]. Seis meses después de los atentados, el balance se eleva a 3 549 registros administrativos y cerca de 400 personas bajo detención domiciliaria [7].

Registros ampliados

Los registros nocturnos, sin autorización judicial, pueden realizarse si existen «serias razones para pensar que el lugar está siendo visitado por una persona cuyo comportamiento constituye una amenaza». Ese tipo de registros va en contra de la inviolabilidad del domicilio y puede realizarse por razones imprecisas y no vinculadas a ningún elemento material.

Los ordenadores y teléfonos pueden ser objeto de registros y los datos que contienen pueden ser copiados. No se precisa que haya que destruir esos datos si no revelan infracciones y pueden ser transferidos a un banco general de datos. El registro administrativo no se limita a la copia de elementos encontrados en los aparatos, también permite recoger el conjunto de los elementos y documentos «accesibles a partir del sistema inicial o disponibles para el sistema inicial». Podría extenderse incluso a las relaciones de la persona que es objeto del registro. Esta medida se inserta así en un sistema global de control sobre la población.

Internet, que sigue siendo considerado como el principal instrumento de «radicalización» y de «incitación al terrorismo», también está en la mira de las autoridades francesas. En el marco del estado de urgencia, el ministro del Interior puede «adoptar cualquier medida para garantizar la interrupción de cualquier servicio de comunicación pública en línea», sitio web o red social «que provoque la realización de actos de terrorismo o que haga la apología [de ese tipo de actos]». Pero esta medida no es nueva porque la posibilidad de ordenar por vía administrativa el bloqueo de sitio web ya existe en la ley antiterrorista de noviembre de 2014 [8].

Limitación del derecho de asociación

La posibilidad de impedir toda reunión en la vía pública, por «razones de seguridad», durante el estado de urgencia, ya permitió prohibir la gran manifestación que debía realizarse en París el 29 de noviembre, el día antes de la apertura de la Conferencia de la ONU sobre el clima (COP21).

Esa prohibición inquieta también a las organización sindicales, las cuales observan que «no son objeto de medida similares ni la apertura de los centros comerciales, ni la realización de eventos deportivos en estadios capaces de acoger decenas de miles de personas» [9].

Gracias a la noción de acto contra el orden público, el texto ofrece un amplio margen a la apreciación para disolver las asociaciones o grupos que pudieran oponerse a la política gubernamental, los grupos «que participan en la realización de actos que afectan gravemente el orden público o cuyas actividades faciliten la realización de ese tipo de actos o inciten a ello». La disolución de esas asociaciones no se limita al periodo de duración del estado de urgencia… es definitiva. Esta medida ya estaba autorizada por el Código de Seguridad Interna, pero únicamente para las personas «que cometen acciones con vista a provocar actos de terrorismo en Francia o en el extranjero». La posibilidad de disolución se extiende ampliamente recurriendo a la noción de acto contra el orden público y podría potencialmente incluir a cualquier grupo de oposición a la política gubernamental.

Endurecimiento del régimen de arresto domiciliario

La nueva ley retoma disposiciones ya existentes en la ley de 1955 sobre el estado de urgencia [10], permitiendo prohibir «la circulación de personas o vehículos» en determinados lugares y en determinados horarios, instaurando «zonas de protección» donde se reglamente la estancia y prohibiendo la estancia de «toda persona que busque obstaculizar la acción de los poderes públicos».

En cuanto a las condiciones de la detención domiciliaria decidida sin intervención de ningún juez, estas se hacen más duras. La ley de 1955 se aplicaba a toda persona «cuya actividad resulte peligrosa», ahora se aplica a toda persona «sobre quien existan razones serias para pensar que su comportamiento constituye una amenaza». La formulación es mucho más larga y nebulosa ya que las «razones serias» no están especificadas. Al pasar de «la actividad» al «comportamiento», la nueva ley abandona los hechos materiales para acercarse a un delito de intención. 

La persona sometida a la detención domiciliaria, a quien se le retiran sus papeles, tiene que presentarse 3 veces al día en la policía o la gendarmería. Se le prohíbe entrar en contacto con ciertas personas «designadas por sus nombres». Si ya ha sido condenada por terrorismo, es posible imponerle el porte de un grillete electrónico. Las detenciones domiciliarias se basan en gran parte en las llamadas «notas blancas» de los servicios de inteligencia, documentos no firmados, sin fecha y redactados por servicios que no se identifican.

Con olor a «lettre de cachet» [11]

Las medidas que atentan contra las libertades privadas, y que aparecen en las diferentes leyes que implantan un sistema de vigilancia contra la población, se pusieron inmediatamente en práctica por una duración indeterminada. Así que no tenían que ver con un estado de urgencia sino que eran la expresión de un cambio de régimen jurídico y político, de la aplicación progresiva de un régimen autoritario.

Lo mismo sucede con las medidas que el gobierno adoptó en el marco del estado de urgencia. Las disposiciones justificadas por un estado de urgencia son normalmente de carácter temporal y limitado, pero casi todas las órdenes de detención domiciliaria no mencionaban la duración de la medida. Estas órdenes se basan en un modelo que contiene el mismo primer artículo: «Desde el momento en que le sea notificada la presente orden, el señor… está obligado a residir en el territorio de la comuna de…» [12]. Sólo las pocas detenciones domiciliarias aplicadas a activistas durante la COP21 incluían una fecha de expiración. La persona afectada por la orden de detención domiciliaria depende así enteramente de la voluntad y los caprichos de la administración, no sólo en cuanto a los motivos (las serias razones para pensar) de la medida que se le aplica sino también en cuanto a su duración. El 28 de noviembre de 2015, el ministro [francés] del Interior, Bernard Cazeneuve, da cuerpo a esas serias razones cuando declara:
«Hemos puesto bajo detención domiciliaria a 24 personas porque habían cometido actos violentos en el pasado en ocasión de manifestaciones y habían expresado el deseo de no respetar los principios del estado de urgencia. […] Yo asumo totalmente esta firmeza.»
Dicho de otra manera, las serias razones de pensar que las personas saldrán a hacer manifestaciones justifican la medida que debe impedirles ejercer sus derechos políticos y constitucionales.

El juez administrativo como coartada

El gobierno presenta al juez administrativo como guardián de la legalidad del procedimiento: este se encarga de «controlar la exactitud de los motivos presentados por la administración como los que dan lugar a su decisión y pronunciar la anulación de esta cuando el motivo invocado se basa en hecho materialmente inexactos» [13]. El problema es que el juez administrativo no dispone de medios para ejercer ese control ya que, generalmente, tiene que basar su propia apreciación en las notas blancas de los servicios de inteligencia. Como el tribunal administrativo no dispone de medios para evaluar la pertinencia de la medida no puede hacer otra cosa limitarse a velar por el respeto de los procedimientos. Y al hacerlo, a pesar del carácter limitado de sus intervenciones, los jueces administrativos han puesto en tela de juicio la detención domiciliaria por un periodo indeterminado.

En respuesta a las gestiones de personas puestas bajo detención domiciliaria, algunas jurisdicciones –como las ciudades de Pau y Dijon– obligaron a la administración a precisar la duración de las detenciones domiciliarias. Los jueces administrativos comprobaron que la orden del ministerio del Interior no incluye «ninguna precisión formal, condicional o implícita en cuanto a su aplicación en el tiempo». El tribunal administrativo de Pau subrayó que «ser informado, desde el momento en que se notifica una medida que restringe la libertad de movimiento, sobre la duración durante la cual esta medida es susceptible de aplicarse» [14]. En su juicio del 22 de diciembre, el Consejo Constitucional se pronunció en el mismo sentido que el tribunal administrativo, recordando que «el juez administrativo está encargado de asegurarse que esta medida es adecuada, necesaria y proporcional a la finalidad que persigue». Y precisó que, además de la medida misma, «su duración, sus condiciones de aplicación y las obligaciones complementarias que deben acompañarla tienen que ser justificadas y proporcionadas».

Las detenciones domiciliarias: ataque contra el Habeas Corpus

A pesar de su carácter abiertamente liberticida, el Consejo Constitucional juzgó, el 22 de diciembre de 2015, que el régimen de detención domiciliaria, establecido por el estado de urgencia después de los atentados del 13 de noviembre, «es una medida que depende únicamente de la policía y que, por consiguiente, no puede tener otro objetivo que preservar el orden público y evitar las infracciones» y que de esa manera «estas disposiciones no implican una privación de la libertad individual en el sentido del artículo 66 de la Constitución» [15].

Esta alta jurisdicción había sido llamada a pronunciarse el 11 de diciembre, como consecuencia del recurso que había presentado uno de los 7 militantes ecologistas detenidos preventivamente antes de la realización de la COP21 [16]. De esa manera, el Consejo Constitucional se alinea con el uso que el gobierno hace de la detención domiciliaria para reforzar la comodidad de la policía, medidas cuya justificación sería que en plena «lucha contra el terrorismo» las fuerzas del orden tienen cosas más importantes que hacer que garantizar la seguridad de las manifestaciones. Por consiguiente, es mejor impedir que la gente haga manifestaciones.

El Consejo Constitucional estimó que la legislación respondía a un motivo de interés general y que no contradecía los derechos y libertades garantizados por la Constitución [17], específicamente con el derecho a manifestar, porque no puede confundirse la detención domiciliaria con un confinamiento domiciliario ya que la persona está detenida durante un horario limitado a 12 de las 24 horas del día, argumento que fue cuestionado por los abogados de los reclamantes en la audiencia realizada el jueves 17 de diciembre de 2015. Los militantes bajo detención domiciliaria estaban, en efecto, obligados a presentarse en la comisaría 3 veces al día y no podían salir de sus domicilios entre las 8 de la noche y las 8 de la mañana. Para sus abogados defensores, ese régimen tenía como objetivo evidente impedirles ejercer su derecho a manifestarse y constituía una medida de privación de libertad. Los abogados señalaban que esas decisiones de detención domiciliaria se habían adoptado únicamente en base a «notas blancas» de los servicios de inteligencia, sin fechas y sin firmas, donde se afirmaba que esas personas «pertenecían a un movimiento radical» y se hablaba de su posible participación en las manifestaciones previstas contra la COP21.

De la detención domiciliaria al campo de detención

La detención domiciliaria se aplica en un lugar que no es obligatoriamente el domicilio. El sospechoso puede ser conducido a ese lugar manu militari. El proyecto de ley abre así la puerta a la creación de campos. El encerramiento administrativo podría aplicarse a unas 10 000 personas fichadas como «S» que nunca han sido condenadas ni inculpadas.

Es deseo del gobierno implementar la creación de esos campos, ya que incluso ha solicitado la opinión del Consejo de Estado en ese sentido. La solicitud del gobierno se refería a la «constitucionalidad y la compatibilidad con los compromisos internacionales» de un internamiento administrativo, a título preventivo, de personas fichadas [18].

Pero el juez administrativo supremo se opuso a la voluntad del gobierno al responder que una medida de ese tipo sólo podría plantearse para personas que ya hayan sido condenadas por actos de terrorismo [19].

Como la opinión del Consejo de Estado no tiene carácter vinculante –o sea, no es de obligatorio cumplimiento– para el gobierno, el Consejo Constitucional se encargó de decidir sobre esa cuestión. En su decisión n° 2015-527 QPC del 22 de diciembre de 2015 sobre las detenciones domiciliarias en el marco del estado de urgencia, el Consejo Constitucional estipuló que: «La detención domiciliaria no puede, en ningún caso, tener como efecto la creación de campos donde se mantendrían detenidas las personas mencionadas anteriormente» [20]. Este es el único punto de desacuerdo con el gobierno ya que el Consejo declaró conformes con la Constitución todas las medidas adoptadas en el marco del estado de urgencia.

Sin embargo, aunque tanto el Consejo de Estado como el Consejo Constitucional se opusieron al gobierno sobre ese tema en particular, el campo de internamiento podría adoptar la forma de un «centro de desradicalización». Allí podrían ser enviados, en primer lugar, «arrepentidos sometidos a prueba para comprobar su voluntad de reinserción», y luego jóvenes «detectados por su radicalización».

Una nueva etapa en la instalación de un Estado policial

Para instaurar un «régimen civil de crisis», con vista a actuar «contra el terrorismo de guerra» [21], como declaró el presidente Francois Hollande, el gobierno quiere incluir el estado de urgencia en la Constitución. Pero, si los poderes excepcionales se incluyen en la Constitución, ya no podrán ser considerados como realmente excepcionales ya que pasarán a formar parte del régimen implantado por el texto constitucional. Debemos hablar entonces de un cambio de régimen político, del paso de un régimen democrático a un estado de excepción permanente, una simple hoja de parra que trata de esconder un Estado policial.
 
Finalmente, Francois Hollande renunció temporalmente a incluir el estado de urgencia en la Constitución de la República, porque fue imposible poner de acuerdo a los parlamentarios sobre el procedimiento que debía despojar de su nacionalidad a los ciudadanos franceses condenados por terrorismo. Esta voluntad gubernamental de instaurar un cambio de régimen político se ve confirmada por un proyecto, actualmente abandonado, de arreglar la «salida» del estado de urgencia prolongando los poderes de la policía y de la fiscalía por un periodo de tiempo indeterminado durante el cual los poderes de excepción serían abandonados poco a poco, según la evolución de la situación, evaluada por… el poder ejecutivo.

El segundo proyecto gubernamental desembocó en la ley sobre el procedimiento penal «que refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizada». Pero el gobierno pensaba ir más lejos aún creando un delito «de obstrucción al registro». Se trataba, efectivamente, de hacerle saber a la ciudadanía que no tiene ningún derecho ante la policía. También se planeaba que los policías pudieran ocupar cualquier objeto o documento sin comunicarlo al fiscal [22]. La policía se habría liberado así del último elemento del control judicial, el del fiscal, a pesar de que ese magistrado también depende directamente del poder ejecutivo.
[2] Jean-Claude Paye, «Loi française sur le Renseignement: société de surveillance ou société surmoïque?», Réseau Voltaire, 28 de noviembre de 2015.
[4] Laurent Borredon, «Etat d’urgence: «Le serrurier nous l’a bien dit: ‘En ce moment, on n’arrête pas!’», Le Monde.fr Blog, 9 de diciembre de 2015.
[5] Pierre Alonso et Alexandre Léchenet, «Etat d’urgence: un journaliste également interdit de couvrir la manif contre la loi travail», Libération.fr, 15 de mayo de 2016.
[6] Juliette Deborde et Frantz Durupt, «L’état d’urgence, un mois après», Libération, 14 de diciembre de 2015.
[7] «Etat d’urgence: le bilan après six mois», Itele.fr, 24 de abril de 2016.
[9] Sylvain Mouillard , Lilian Alemagna y Amaelle Guiton, «Les sept mesures sécuritaires qui interpellent», Libération, 19 de noviembre de 2015.
[11] La lettre de cachet era una orden real directa y secreta, enviada a las autoridades (generalmente a las autoridades militares o policiales) en un sobre sellado. Mediante las llamadas lettres de cachet el rey de Francia imponía su voluntad personal, ignorando los mecanismos de la justicia y los tribunales. El rey de Francia podía así ordenar el encarcelamiento de cualquier persona. Así fueron encarcelados, entre otros, los filósofos Voltaire y Diderot. Nota del Traductor.
[12] Jean-Baptiste Jacquin, «Etat d’urgence: le réveil des tribunaux administratifs», Le Monde, 1º de enero de 2016.
[13] Jean-Baptiste Jacquin, «Etat d’urgence: les assignations à résidence devant le Conseil constitutionnel», Le Monde.fr, 17 de diciembre de 2015.
[14] Jean-Baptiste Jacquin, «Etat d’urgence: le réveil des tribunaux administratifs», Op. Cit.
[15] Conseil Constitutionnel, «Décision n° 2015-527 QPC du 22 décembre 2015».
[16] Patrick Roger, «Le Conseil constitutionnel conforte les assignations à résidence», Le Monde.fr, 22 de diciembre de 2015.
[17] Conseil constitutionnel, "Décision n° 2015-527 QPC du 22 décembre 2015, Op. Cit.
[18] «Para prevenir la realización de acciones violentas por parte de personas radicalizadas, que presentan grados de peligrosidad y conocidas como tales por los servicios de policía, aunque sin haber sido previamente objeto de una condena por actos de terrorismo, ¿puede la ley autorizar una privación de libertad de los interesados a título preventivo y prever su retención en centros previstos a esos efectos?», in Robin Panfili, «Le gouvernement saisit le Conseil d’État sur la mise en place de centres d’internement préventif», Slate.fr, 9 de diciembre de 2015.
[19] «Mesures de prévention du risque de terrorisme», Avis consultatif, Conseil d’État, 23 de diciembre de 2015.
[20] Conseil Constitutionnel, «Décision n° 2015-527 QPC du 22 décembre 2015».
[22] Sylvain Rolland, «Sécurité: l’inquiétante dérive vers la surveillance de masse», La Tribune.fr, 4 de diciembre de 2015.

Jean-Claude Paye
Jean-Claude Paye Sociólogo. Último libro publicado en español: El Final Del Estado De Derecho: La Lucha Antiterrorista: Del Estado De Excepción A La Dictadura, (Argitaletxea Hiru, 2008). Último libro publicado en inglés: Global War on Liberty (Telos Press, 2007).
 
http://www.voltairenet.org/article191978.html 
 
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Francia: Instauración de un Estado policial (1ª parte)
 

Procedimiento de excepción sin estado de urgencia

En el contexto de los atentados cuya autoría reclama el Emirato Islámico (Daesh), el gobierno francés impone una serie de reformas tendientes a reforzar considerablemente los poderes de la policía y de la administración a expensas de la justicia. Dado el hecho que esas reformas no tienen nada que ver con la prevención de ese tipo de atentados, que exigiría en primer lugar medidas de orden político, Francia se dirige hacia un régimen de arbitrariedad.

 Red Voltaire| Bruselas (Bélgica) français  English 
Por amplia mayoría y casi sin debate, la Asamblea Nacional [de Francia] acaba de adoptar –el 9 de marzo de 2016– el nuevo proyecto de ley de reforma penal que «refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado» [1]. Ese texto tendrá que obtener aún la aprobación del Senado y, por tratarse de un procedimiento acelerado, habrá sólo una lectura en cada cámara.

Este proyecto transfiere al derecho común una serie de disposiciones que hoy se consideran parte de un derecho de excepción. Por ejemplo, en el texto presentado para obtener la opinión del Consejo de Estado, el gobierno confirma su voluntad de «reforzar de forma perenne las herramientas y medios a la disposición de las autoridades administrativas y judiciales, fuera del marco jurídico temporal, aplicado en el marco del estado de urgencia» [2].

Un estado de urgencia sin estado de urgencia

Si bien los dos textos están estrechamente relacionados, no debe confundirse este proyecto de ley con la ley del 20 de noviembre de 2015, que prolonga el estado de urgencia por un nuevo periodo de 3 meses mientras refuerza las restricciones de las libertades privadas y públicas enunciadas en la ley de 1955 [3], porque la nueva ley ya no persigue solamente a los actos sino también a las intenciones. Aunque las medidas de excepción se prolongan nuevamente, el gobierno no ha renunciado a reformar el procedimiento penal. Se trata de incorporar al procedimiento penal una serie de medidas contrarias a las libertades, aunque autorizadas en el marco del estado de urgencia, para poder aplicarlas sin tener que llegar a declarar el estado de urgencia. El objetivo de este último liberarse del principio de separación de los poderes, liquidar el poder judicial y concentrar el conjunto de prerrogativas en manos del poder ejecutivo y de la policía. El procedimiento de reforma del procedimiento penal se inscribe también en ese objetivo.

El texto proporciona una vía penal a los dispositivos legales utilizados en el espionaje contra los ciudadanos franceses. Como se expresa en la exposición de los motivos del proyecto de ley, «el arsenal de prevención», implantado por la ley de Inteligencia [4], «debe completarse con un instrumento judicial» [5]. Gracias a este último, la información obtenida a través de las falsas antenas Imsi-catchers, de la vigilancia con medios de video, de la grabación de imágenes y la implantación de micrófonos en un domicilio podrán ser utilizados para fundamentar acciones penales.

Reforzamiento formal del papel del fiscal

El proyecto de ley refuerza las prerrogativas del fiscal, magistrado dependiente del poder ejecutivo. Se inscribe así en lo que ha sido una constante de la acción gubernamental, independientemente de la tendencia política en el poder, el interés en restringir el papel del juez de instrucción, función vista como demasiado independiente del poder ejecutivo. Lo que se busca es privar al juez de instrucción del carácter exclusivo de algunos de sus poderes, como el control de los procedimientos de investigaciones intrusivas, para ponerlos también en manos del fiscal de la República.
En el texto votado por la Asamblea Nacional, el fiscal se convierte además en un «director de investigación». El fiscal dirige las «investigaciones preliminares», en cuyo marco tiene la prerrogativa de enviar al sospechoso ante los tribunales. Y, posteriormente, expone la acusación en el marco de un proceso judicial que él mismo ha iniciado. O sea, al hallarse simultáneamente en misa, en procesión y repicando campanas, el fiscal se encargará también de verificar si las «investigaciones efectuadas por la policial judicial han sido efectivamente realizadas en busca de elementos incriminatorios tanto como de elementos favorables al sospechoso».
En las investigaciones realizadas bajo la dirección del fiscal, el acceso al expediente se pospone hasta que terminan dichas investigaciones. De esa manera, en el momento de ser acusada, la persona incriminada no dispone de los medios necesarios para cuestionar la legalidad o la necesidad de una técnica investigativa. Contrariamente a lo que sucede con el procedimiento vinculado al juez de instrucción, el acceso al expediente acusatorio sigue siendo de carácter no sistématico. Para «dar nuevos derechos al sospechoso» y, sobre todo, para perennizar el control del fiscal sobre el procedimiento penal, el proyecto de ley introduce una reforma que permite al acusado intervenir en el proceso de investigación. Pero, esto, que parece ir en el sentido correcto, en realidad resulta ser una perversión del sistema judicial y de los derechos de la defensa.

Una perversión del sistema penal

El proyecto de ley introduce así una importante modificación del sistema penal: el paso de un procedimiento inquisitorio, que giraba alrededor del juez de instrucción, a un sistema que se acerca al sistema acusatorio utilizado en los países anglosajones. El texto prevé que se introduzca –desde la etapa de la investigación preliminar, en investigaciones de más de un año– un debate contradictorio con los sospechosos y sus abogados [6]. Estos últimos tendrían la posibilidad de solicitar al fiscal la realización de actos determinados, como audiencias y consultas con expertos. Con la introducción de esos nuevos procedimientos sucederá lo mismo que ya sucede en Estados Unidos: sólo estarán en condiciones de defenderse los individuos que tienen dinero. Para los demás, lo que prevé este proyecto de ley es simplificar las modalidades de presentación ante el juez que pronuncia las liberaciones y detenciones, para poder juzgar a esas personas aún más rápidamente en el marco de un procedimiento de comparecencia inmediata.
A falta de algún tipo de comportamiento sospechosos y de infracción, el fiscal tiene actualmente la facultad de autorizar de forma preventiva que se controle la identidad del sospechoso y que se realicen registros en los vehículos que se encuentren en un lugar preciso y por un periodo determinado. El proyecto de ley extiende este procedimiento al registro de equipajes, que actualmente sólo puede ser autorizado en el marco de una pesquisa. Recordemos que esas inspecciones no apuntan necesariamente contra personas sospechosas sino también a toda persona que se encuentre en un lugar determinado. La extensión prevista por el proyecto incrementa sobre todo el poder de las fuerzas del orden. Los registros no van a realizarse porque los policías tengan algún indicio de que existe un delito sino simplemente porque tienen derecho a llevarlos a cabo, so pretexto de que si están ahí es para evitar o buscar infracciones.

Se aparta al juez de instrucción

El fiscal de la República dispone así de más de las prerrogativas que hasta ahora se reservaban para los jueces de instrucción. El proyecto de ley aparta nuevamente al juez de instrucción, que ya se ve –en Francia– circunscrito a sólo una pequeña parte de los casos.
El juez de instrucción es inamovible: sólo puede desplazarlo el ministro de Justicia y su jerarquía no puede quitarle un caso. En cuanto a su nominación, se impone la opinión del Consejo Superior de la Magistratura, lo cual también garantiza su autonomía. Este magistrado, cuya independencia es intocable, es privado así de la especificidad de su acción: decidir si el sospechoso debe ser enviado o no ante los tribunales e investigar sobre la existencia de elementos incriminatorios o, por el contrario, que favorezcan al sospechoso. Disminuye así el papel del juez de instrucción, y se incrementan el del fiscal así como el de la policía judicial que, es importante recordarlo, no depende del ministerio de Justicia sino del ministerio del Interior, lo cual indica que prevalece su función de guardián del orden.
La vigilancia con medios de video, la recogida de imágenes y la implantación de micrófonos en un lugar o en un domicilio también estaban, hasta ahora, limitadas a las informaciones judiciales que se ponían en manos de un juez de instrucción. Ahora podrán utilizarse desde la fase de investigación preliminar, después de una simple autorización del juez de libertades y detenciones.
Observemos que el incremento de los poderes del fiscal se implanta sin que exista una modificación del estatuto de la fiscalía que otorgue a esta última un mínimo de autonomía en relación con el poder ejecutivo. Ni siquiera llega a concretarse la reforma, anteriormente prevista por [el presidente francés] Francois Hollande, que debía garantizar que el gobierno nombraría a los fiscales después de haber obtenido la conformidad del Consejo Superior de la Magistratura [7].

Una policía incontrolable

En la práctica, el reforzamiento de la función del procurador sólo existe en relación con la del juez de instrucción. En lo que concierne a la policía judicial, el control de este magistrado es sólo formal. En Bélgica, ante la comisión parlamentaria sobre la creación, en 1999, de la policía única, presentada como «estructurada en dos niveles» [8], los fiscales ya hicieron saber que, después de que se autoriza la investigación, ya no tienen el control efectivo del desarrollo de dicha investigación. Esta realidad es aún más acentuada en Francia. La fiscalía ya está tremendamente desbordada de trabajo ya que, al ser poco numerosos, los fiscales tienen un poder de cuasi jurisdicción y tratan la mayoría de los expedientes judiciales. Las nuevas prerrogativas que este proyecto de ley otorga a la fiscalía agravarán ese exceso de trabajo y harán casi imposible que se vigile el trabajo de la policía. Esta última es, en efecto, la gran ganadora de estas reformas, confirmando así su papel central en el actual ejercicio del poder estatal.

Una policía todopoderosa

El incremento de los poderes de la policía se confirma con la extensión del marco de la legítima defensa para las fuerzas del orden. Los policías serán reconocidos como penalmente «irresponsables» si disparan, en caso «de absoluta necesidad», sobre «una persona que haya matado o tratado de matar y esté a punto de hacerlo nuevamente». Cuando se sabe que ya existe una jurisprudencia que reconoce a la policía la legítima defensa por haber matado por la espalda a una persona en fuga [9], se entiende que el objetivo de ese artículo no es tanto proteger a los policías de posibles acciones penales como hacer saber a los ciudadanos que pueden verse tratados como enemigos. Un ejemplo extremo así lo demuestra. La Corte Europea de Derechos Humanos condenó a Francia en un caso donde la justicia [francesa] había pronunciado una orden de sobreseimiento a favor de un gendarme que había matado por la espalda a una persona esposada que había tratado de huir mientras se hallaba en detención preventiva [10]. Las fuerzas del orden también podrán retener a cualquier persona, incluso aunque sea menor de edad, y fuera de la presencia de un abogado, aunque esa persona esté en posesión de un documento de identidad, si existen «serias razones» para pensar que esa persona tiene un «vínculo» con una actividad terrorista, lo cual constituye una condición extremadamente nebulosa e hipotética.

Una versión anterior del proyecto iba aún más lejos con la creación de un delito de «obstrucción al registro». Aunque fue abandonado, ese último artículo muestra perfectamente que el gobierno pretende criminalizar toda forma de resistencia ante la arbitrariedad de la policía. Esta disposición debía acallar las protestas surgidas en respuesta a los abusos cometidos durante la ola de registros autorizados por el estado de urgencia. Además, esta versión anterior del texto indicaba que los policías podían incautar cualquier objeto o documento sin comunicarlo al fiscal [11]. De haberse aprobado aquella versión, la policía se habría visto liberada del último elemento de control judicial, el control del fiscal, ejercido por un magistrado, incluso a pesar de que ese mismo magistrado está a su vez directamente sometido al poder ejecutivo.
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El juez de libertades y detención: una  coartada

El poder ejecutivo no puede controlar el trabajo de la policía a través del fiscal. El poder judicial también es completamente incapaz de hacerlo a través de la otra figura valorizada por el proyecto de ley, la del juez de libertades y detención. Es sin embargo en este último en quien reposan gran parte de las autorizaciones de aplicación de las disposiciones de la ley. El control de la legalidad y la proporcionalidad de las medidas sólo puede ser formal ya que ese juez no tiene conocimiento del fondo del caso. Sólo tiene acceso al expediente en el momento en que se le entrega y cuando tiene que tomar su decisión. Después de haber extendido la autorización, este juez no dispone de ningún medio que le permita controlar la acción del fiscal y de la policía.

En materia de estatus, el proyecto fragiliza al juez de libertad y detención. Este juez no tiene el grado de independencia de un juez de instrucción, ya que no es nombrado por decreto sino por el presidente de la jurisdicción, que puede sacarlo de esa función de un día para otro si, por ejemplo, se niega a autorizar las escuchas. [12].

En materia de terrorismo, y con la autorización previa del juez de libertades y detención, los registros nocturnos serán autorizados en los domicilios y a partir de la investigación preliminar. Este procedimiento sustituye la autorización que concedía el juez de instrucción en la fase de investigación propiamente dicha (En el marco del estado de urgencia, el prefecto puede ordenarlas [13]). En lo adelante, los registros también podrán realizarse de manera preventiva, en base a la posible existencia de un peligro, cuando se trate de «prevenir un peligro de acción contra la vida o la integridad física» [14].

Los registros nocturnos en los domicilios se convierten en algo muy normal. el texto habla de «un riesgo de acción» sin calificarlo de actual ni de inminente. Se refiere a muy numerosas situaciones, sobre los actos contra la vida, pero también contra la integridad física. O sea, vagas sospechas podrán dar lugar a esas intrusiones en los domicilios y estas irán generalizándose si la limitación de esa medida únicamente a los casos de infracciones terroristas pasa a ser únicamente de carácter temporal.

Registro en los medios informáticos sin garantía judicial

El texto prevé también extender las posibilidades de vigilancia en los lugares públicos y el uso de los IMSI-catchers, antenas capaces de suplantar las estaciones repetidoras corrientes para espiar así los teléfonos y ordenadores. Los IMSI-catchers captan también todos los teléfonos públicos que se hallan dentro de su radio de acción. Se trata de un dispositivo de captura de datos masiva e indiferenciada. Su uso no estará limitado a las investigaciones antiterroristas y podrá renovarse, mensualmente, por periodos muy largos, abriendo así el camino a una captura masiva de información sobre los ciudadanos franceses. El uso de los IMSI-catchers será autorizado por el juez de libertad y detención o, de manera «urgente», por el fiscal de la República. Obsérvese que es generalmente la policía misma quien decide si se trata de una situación «urgente».

Hasta ahora, el uso de los IMSI-catchers podía autorizarse sólo en el marco de investigaciones judiciales, pero estos dispositivos habían sido poco utilizados por los jueces de instrucción debido a la poca claridad jurídica que rodeaba esos dispositivos. La Ley de Inteligencia ya legalizó su uso por parte de los servicios secretos.

El artículo 3 del proyecto de ley sobre el procedimiento penal también prevé extender la captura de datos informáticos a los datos archivados. Será posible capturar el conjunto de datos contenidos en los dispositivos informáticos. Ya no se trata de algo similar a las escuchas selectivas, que apuntan a las conversaciones actuales y futuras, sino que se trata de una búsqueda que puede extenderse a datos muy antiguos. Este último procedimiento normalmente presenta algunas garantías, como la presencia de la persona considerada sospechosa o la presencia de 2 testigos, así como la realización de una copia de seguridad que limita el riesgo de modificación o de intervención exterior en las informaciones recogidas. Por supuesto, ya no es así cuando se trata de la captura de datos [15].

El prefecto: agente del estado de excepción permanente

Al igual que en el estado de urgencia, se refuerzan los poderes del prefecto. El proyecto de reforma sobre el procedimiento penal está en estrecha correspondencia con la ley del 20 de noviembre de 2015, que prolonga el estado de urgencia en el que se criminalizan intenciones, en vez de los actos concretos. La intención terrorista atribuida a las personas que regresan de Siria también está en el centro del dispositivo de «vigilancia» autorizado por el prefecto.
Actualmente, a los «regresos de Siria» se les da seguimiento judicial. Los sospechosos son investigados, puestos bajo detención provisional o bajo control judicial. En lo adelante, los prefectos podrán poner en prisión domiciliaria por un mes y exigirles –durante 3 meses– los códigos de sus teléfonos y ordenadores, obligarlos a prevenirlo de todos sus desplazamientos y prohibirles hablar con determinadas personas. Por supuesto, esas disposiciones presentan las características de un procedimiento judicial, pero se trata de un acto puramente administrativo, de un control sin juez. Esto abre espacio a la arbitrariedad y no deja a la persona afectada ninguna posibilidad de hacer frente a las alegaciones de las que está siendo objeto. A la persona afectada se le atribuye una intención, sin que tenga posibilidades de defenderse. De esa manera, al igual que en el estado de urgencia, el ministro del Interior suplanta al juez de instrucción a través del prefecto. Ese proyecto de ley otorga al ministro del Interior el poder necesario para privar a una persona de su libertad, sin que esa persona haya cometido ningún tipo de infracción penal.
La criminalización de los «regresos de Siria» se inscribe en un procedimiento de doble discurso del poder. El ex ministro [francés de Relaciones Exteriores] Laurent Fabius había declarado públicamente, en agosto de 2012, que «Bachar al-Assad no merece estar sobre la tierra». Y en diciembre de 2012, afirmó ante los medios de prensa, sin ser por ello objeto de ninguna acción judicial bajo la acusación de «apología del terrorismo» [16], que «el Frente al-Nusra está haciendo un buen trabajo». Esta organización yihadista acababa entonces de ser catalogada como terrorista por Estados Unidos [17]. O sea, el gobierno de Francia proclama su respaldo a los grupos terroristas, pero demoniza y persigue a las personas que pudieran haberse visto influenciadas por su retórica.

El juez administrativo: un control aparente

El proyecto de ley otorga al juez administrativo un poder de control sobre los dispositivos vinculados a los «regresos de Siria». Este juex debe «controlar la exactitud de los motivos presentados por la administración, como motivos de su propia decisión y pronunciar la anulación de esta cuando el motivo invocado se basa en hechos materialmente inexactos». De esa manera, contradiciendo el principio mismo de separación de poderes, la administración se controla a sí misma. Además, la vigilancia es puramente formal. El juez administrativo, contrariamente al juez de instrucción y al juez de libertad y detención, interviene sólo después y el control que ejerce es aleatorio. Sólo interviene si la persona arrestada recurre a él. Lo más importante es que este juez no dispone de elementos concretos para fundamentar su decisión. Sólo puede basarse en documentos imprecisos y que no mencionan las fuentes: las notas blancas de los servicios de inteligencia, o sea documentos sin firmas, sin fechas y que ni siquiera precisan de qué servicio provienen.

Por autorización del prefecto y en un marco puramente administrativo de «prevención del terrorismo», la policía podrá proceder también a la inspección visual y registrar equipajes y vehículos. Se ve además liberada de la necesidad de obtener la autorización previa del fiscal si se trata de instalaciones o establecimientos que el prefecto ha declarado «sensibles».

El texto de ley consagra así «la entrada del prefecto en el código de procedimiento penal». Pero, se trata de un retroceso ya que, antes de que la reforma de 1993 [18] se los quitara, el prefecto disponía, en el pasado, de poderes de policía judicial. El antiguo artículo 10 del código de procedimiento penal permitía al prefecto, en caso de actos contra la seguridad interna o de espionaje, hacer el papel de oficial de la policía judicial, o sea ordenar arrestos y acciones de control. Esta concentración recurrente de prerrogativas judiciales en manos del prefecto indica que, en el país de Montesquieu, la separación de poderes, considerada un patrimonio nacional, ha sido siempre, como mínimo, errática.
 
[1] «Projet de loi renforçant la lutte contre le crime organisé et son fonctionnement, l’efficacité et les garanties de la procédure pénale», Assemblée nationale, 3 de febrero de 2016.

[2] Jean-Baptiste Jacquin, «Les pouvoirs de police renforcés pour se passer de l’état d’urgence», Le Monde, 6 de enerodo de 2016.

[3] «Loi n° 55-385 du 3 avril 1955 relative à l’état d’urgence, version consolidée au 15 mars 2016».

[4] «Loi française sur le Renseignement, Société de surveillance ou société surmoïque», Jean-Claude Paye, Réseau Voltaire, 28 de noviembre de 2015.

[5] «Projet de loi renforçant la lutte contre le crime organisé, le terrorisme et leur financement, et améliorant l’efficacité et les garanties de la procédure pénale » (JUSD1532276L), Consejo de ministros del 3 de febrero de 2016.

[6] Jean-Baptiste Jacquin, «Réforme pénale: les procureurs prennent la main sur les enquêtes», Le Monde, 4 de marzo de 2016.

[7] Jean-Baptiste Jacquin, «Comment la réforme pénale renforce les pouvoirs des procureurs», [en español, “Cómo la reforma penal refuerza los poderes de los fiscales”]. Le Monde, 4 de marzo de 2016.

[8] Ver, Jean-Claude Paye, «Vers un État policier en Belgique?», Le Monde diplomatique, noviembre de 1999 y Vers un État policier en Belgique, EPO, Bruselas 2000, 159 p.

[9] «Acquittement du policier qui avait tué un braqueur et colère des parties civiles», [en español, “Absolucion del policía que mató a un asaltante y cólera de las partes acusadoras”], L’express.fr, 15 de enero de 2016.

[10] «Le gendarme tue le gardé à vue: la France condamnée par la CEDH», Net-iris.fr, 18 de abril de 2014.

[11] Sylvain Rolland, «Sécurité: l’inquiétante dérive vers la surveillance de masse», La Tribune.fr, 4 de diciembre de 2015.

[12] Questions/réponses critiques du Syndicat de la magistrature sur le projet de loi criminalité organisée/terrorisme, [en español, “Preguntas/respuestas críticas del Sindicato de la Magistratura sobre el proyecto de ley criminalidad organizada/terrorismo], Syndicat de la Magistrature, 14 de marzo de 2016, p. 9.

[13] En Francia, el prefecto es un alto funcionario nombrado directamente por el Estado en un departamento o región para representar ese mismo Estado y sus instituciones y garantizar el respeto de la ley en el territorio bajo su responsabilidad. Nota del Traductor.

[14] Jean-Baptisque Jacquin, «Les pouvoirs de la police renforcés pour pouvoir se passer de l’état d’urgence», Le Monde, 6 de enero de 2016.

[15] Op. Cit. p. 8.

[16] La acusación por apología del terrorismo fue creada por la Ley que refuerza las disposiciones sobre la lucha contra el terrorismo, ley aprobada el 14 de noviembre de 2014. Ver Jean-Claude Paye, «Criminalización de Internet en Francia», Red Voltaire, 26 de septiembre de 2015.

[17] «Des Syriens demandent réparation à Fabius», Le Figaro con AFP, 10 de diciembre de 2014; y «Des Syriens attaquent l’État en appel», Le Figaro con AFP, 7 de septiembre de 2015.

[18] «Loi n° 93-2 du 4 janvier 1993 portant réforme de la procédure pénale, Version consolidée au 13 mars 2016», Légifrance.
Jean-Claude Paye
Jean-Claude Paye Sociólogo. Último libro publicado en español: El Final Del Estado De Derecho: La Lucha Antiterrorista: Del Estado De Excepción A La Dictadura, (Argitaletxea Hiru, 2008). Último libro publicado en inglés: Global War on Liberty (Telos Press, 2007).
 

Estado de excepción con estado de urgencia
Francia: instauración de un Estado policial (2ª parte)
 
Y siguen apareciendo pasaportes
Atentados en París
 

El poder de la imagen Elecciones en Grecia
 
 
 

Francia

Estado de excepción con estado de urgencia
Francia: instauración de un Estado policial (2ª parte)
 
 
 

Miembros de la Resistencia Francesa se pronuncian contra la Ley de Reforma Laboral y denuncian el odio de clase anti-obrero y contra la C.G.T.


Traducción Red Roja
¡¡¡GLORIA A LOS NUEVOS RESISTENTES DE LA C.G.T. OBRERA!!!
¡¡¡ JE SUIS CGT !!!
Mientras el mundo del trabajo hace frente con honor, con la clase obrera y el sindicato CGT a la cabeza, a la más grave ofensiva antisocial desde los años treinta y cuarenta, una campaña fascistoide de difamación nacida del odio de clase y del espíritu versallesco, véase de Vichy, inunda los grandes medios de comunicación públicos y privados. Lacayos del Estado policial, “periodistas” indignos gritan hasta la muerte contra el primer sindicato de Francia. Particularmente provocadoras son las manifestaciones de la patronal que llega a calificar a los valientes sindicalistas de la CGT de “gamberros” y de “terroristas”.
Ustedes no nos representan, señores representantes de una oligarquía capitalista antinacional que ya por los años treinta financiaba a los valentones fascistas, animaba la “elección de la derrota” ante la Alemania nazi y prefería el estado terrorista de Adolfo Hitler al Frente Popular. Ni hoy ni antes, cuando la CGT clandestina de Benoît Frachon era un pilar de la Resistencia, desde la minas de Lens hasta las manufacturas de Tulle pasando por la SNCF (Societé Nationale de Chemins de Fer Français) y la metalurgia parisina.


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