Ratifican el despido de un obrero que dejó de acudir a su lugar de trabajo porque no cobraba


Dicen que esto es una democracia.
El trabajdor-a tiene la obligacion de ir a su puesto de trabajo, de trabajar..., pero como ya sabemos, y pueden apreciar, las leyes hechas y mantenidas por los representantes de la patronal en los parlamentos, instituciones, y la sabia interpretación de la judicatura de la clase propietaria, el patrón-empresario no tiene la obligación de pagar puntualmente, y si el trabajador o trabajadora deja de trabajar, a pesar de no estar percibiendo su salario, por el cual trabaja, estas leyes en lugar de procesar al patron, despiden al obrero.
¡Toda una leccion de justicia!
¡Es el capitalismo!
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Ratifican el despido de un obrero que dejó de acudir a su lugar de trabajo porque no cobraba


La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un obrero contra la sentencia que declaró procedente su despido por dejar de acudir a su puesto de trabajo al ver que no le pagaban la nómina....

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado de lo Social de Murcia declaró como hechos probados que el demandante prestaba sus servicios para la empresa constructora L. y T. SL desde junio de 2009 como oficial primera y que ese mismo año y en los dos siguientes dejó de percibir el importe de varias nóminas mensuales y de las vacaciones correspondientes.
En mayo del 2011 comunicó a sus jefes que unos días después dejaría de acudir al trabajo por ese motivo, lo que motivó que la empresa le enviara un escrito pidiéndole que «aclarara su situación de abandono de su puesto y su voluntad de cesar voluntariamente». El empleado respondió que su decisión estaba más que justificada, «al deberle más de nueve mensualidades» y que su único propósito «no es otro que cobrar por su trabajo».
El Juzgado de lo Social, al estudiar su demanda, declaró procedente el despido «por inasistencia al trabajo», aunque condenó a la empresa a pagarle 6.000 euros por los salarios impagados. El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, al desestimar el recurso del despedido, dice que «se ha de tener en cuenta que, en su demanda, alegó el impago total de salarios, ocultando el pago parcial de los mismos, así como la existencia de deudas contraídas por el trabajador con la empresa y la existencia de un pacto para hacerlas efectivas con parte de los salarios devengados».

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2013/03/29/ratifican-despido-obrero-dejo-ir-trabajo-cobraba/00031364558281424104436.htm

Tomado de inSurgente

Comentarios

  1. De verdad que ssro es el súmmum de la desverguenza, o sea que si te pagan un poquito tienes que trabajar por narices porque lo dice el amo, este magistrado es un hijo de puta, dice que ha contraido deudas con la empresa, pero no aclara cuanto y de qué, vuelve la esclavitud o mejor dicho, nunca se fue, somos siervos y encima la justicia te apalea. Janus 2013

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